Planes de pensiones, cuestiones claves

Cuestiones claves de los Planes de Pensiones

Leemos con mayor frecuencia en la prensa que la hucha de las pensiones se está acabando, que las pensiones de jubilación se verán reducidas en los próximos años al no poder aguantar el sistema actual las futuras jubilaciones.

La necesidad de contratar un Plan de Pensiones variables o planes de pensiones garantizados o en definitiva un ahorro para la jubilación es mayor para los autónomos, por cuanto al cotizar por la base mínima, la mayoría, las pensiones públicas son bajas.

Algunas cosas que debes conocer respecto de los Planes de pensiones y Plan de Previsión Asegurado.

¿Qué es un plan de pensiones?

En una frase corta, ahorrar para la jubilación. Los planes de pensiones son una fórmula de ahorro privada y por tanto no sustituyen a la pública sino que la complementan, teniendo derecho a las dos prestaciones.

Un Plan de Pensiones y/o PPA es la única forma de dejar de pagar impuestos a la vez que ahorramos para nuestro futuro.

¿Qué es un Plan de Previsión asegurado?

Con la misma finalidad y filosofía que un Plan de Pensiones Individual un Plan de Previsión asegurado permite ahorrar de cara a la jubilación. Siempre son planes de jubilación.

Sin embargo, los PPAs son seguros de vida-ahorro que cubren las mismas contingencias y con las mismas ventajas fiscales y ventanilla de liquidez, pero garantizan un tipo de interés (llamado Interés Técnico).

¿Qué es un fondo de pensiones?

Los planes de pensiones individuales están adscritos a un Fondo de Pensiones. Estos se constituyen con las aportaciones realizadas al plan.

Los fondos de pensiones son administrados por la Entidad Gestora, quien es el responsable de entre otras cosas, elegir las cestas de inversión.

La custodia y depósito del patrimonio del fondo es responsabilidad de la Entidad Depositaria, que es el Organismo que vigilará las inversiones realizadas por la Entidad Gestora.

Las cuantía de las aportaciones de los partícipes (sean de particulares o de los Planes de Empleo de Empresas) junto con los rendimientos y gastos, son los llamados Derechos consolidados o Derechos económicos.

¿Qué contingencias cubre un plan de pensiones o en qué casos se puede rescatar? cual es el mejor plan de pensiones garantizado

Los Planes de Pensiones cubren las siguientes contingencias del participe:

  • Jubilación, cuando el participe accede a la jubilación sea anticipada, en fecha o posterior. Cuando esto no sea posible porque no trabaje se entenderá producida en el momento en que cumpla los 65 años.
  • Incapacidad: permanente total para la profesión habitual, absoluta para todo trabajo y gran invalidez.
  • Dependencia severa o gran dependencia.
  • Enfermedad grave del participe, cónyuge, ascendientes o descendientes.
  • Desempleo de larga duración sin prestación por desempleo.
  • ERE: La Ley 17/2012 de 27 de diciembre de 2012, incluyó esta una nueva contingencia, en el siguiente sentido: Despido colectivo; Procedimiento concursal
  • Desahucio de la vivienda habitual
  • Liquidez de las aportaciones de al menos 10 años de antigüedad a partir de las inversiones realizadas en el 2015 y siguientes.

Partes intervinientes en un plan de pensiones

Promotor del plan. Cualquier empresa, sociedad, entidad etc. que inicie la creación de un plan.

Participes. Son las personas físicas a favor de las cuales se crea el plan. Es decir las personas a las que se está garantizado la jubilación, etc.

Beneficiarios, son las personas con derecho a la percepción de las prestaciones hayan sido o no partícipes. En caso de fallecimiento será el que el participe haya designado para el resto de casos será el mismo participe el propio Beneficiario.

La forma de heredar un Plan de Pensiones Individual a un Plan de Pensiones Asegurado es diferente, ya que el primero se trata de un producto financiero y el segundo de un seguro de vida.

Modalidades de planes de pensiones

Sistema individual

Las constituyen las entidades financieras (promotoras) y las contratan las personas físicas (partícipes) interesadas.  En los planes individuales pueden realizar aportaciones los partícipes sin perjuicio del régimen especial de las personas con discapacidad.

Sistema de empleo

Las promueven las empresas para sus trabajadores a modo de beneficio social sea por acuerdos de compromisos con los Comités de Empresa o por Convenios Colectivos de Sector.

En  los Planes de Empleo tanto pueden realizar aportaciones las Empresas promotoras como los propios participes trabajadores.

Según la legislación actual, se han de realizar aportaciones a todos los trabajadores en régimen de la Seguridad Social de una misma promotora, aunque se podrán realizar aportaciones en cuantías inferiores en relación al  salario u otros factores objetivos.

Sistema asociado:

Son las que promueven las asociaciones o sindicatos para sus asociados o afiliados.  En los Planes Asociados pueden realizar aportaciones los partícipes.

¿Qué modalidades de inversión existen?

La elección correcta del fondo de pensiones es muy importante, recomendamos ponerse en contacto con un asesor. Existe una gran diversidad de planes de pensiones y, según su política de inversión, podemos dividirlos en 4 grupos:

  • Renta fija: invierten en instrumentos de deuda pública o privada.
  • Renta variable: invierten en acciones de compañías cotizadas.
  • Renta mixta: se mezcla la renta variable con la renta fija.
  • Planes de Pensiones Asegurados. Interés técnico indicado desde el primer día.

Como un Plan de Pensiones se trata de un ahorro a largo plazo, se considera interesante invertir en renta variable, cuando hay un horizonte superior a 10 años, e ir bajando el riesgo de la inversión, a renta mixta y a renta fija, para finalizar en PPA conforme nos vamos acercando a la jubilación.

¿Puedo contratar más de un Plan de Pensiones?

Si, una persona puede contratar varios Planes de Pensiones. De hecho es aconsejable contratar  diferentes modalidades de inversión (renta fija, renta mixta) y así obtener mayor rendimientos a través de una buena diversificación.

Aportación máxima plan de pensiones

Es el participe quien fija la cantidad deseada, asesorada por el Agente de Seguros o Inversiones, para alcanzar el objetivo de la pensión deseada. Las aportaciones pueden ser periódicas (mensual, trimestral, anual) o esporádicas (es decir puntuales), se pueden paralizar y reanudar a conveniencia del partícipe.

Según estimaciones se considera que el ahorro familiar o individual esta en torno del 10% mensual.

El limite máximo de aportaciones es de 2.000 €/año desde el año 2021

Beneficios fiscales plan de pensiones.

Es rentable un plan de pensiones

Las aportaciones realizadas reducen la base imponible del IRPF, reduciendo el tipo de gravamen efectivo que se aplicará a la totalidad de la renta, por lo que el beneficio fiscal es considerable.

Exceso de aportación en los límites financieros permitidos

Si te das cuenta del exceso aportaciones a planes de pensiones irpf antes del 30 de junio del año siguiente, puedes retirarlo sin sanción. Pasada esa fecha, el incumplimiento de los límites financieros, acarrea una multa del 50% sobre el exceso.

Si el origen del exceso es por concurrencia de aportaciones de las empresas a favor de los partícipes, se devolverá en primer lugar las aportaciones del propio participe.

La devolución se realizara por el importe efectivamente aportado en exceso con cargo al derecho consolidado.

¿Puedo seguir realizando aportaciones una vez jubilado?

Si, siempre y cuando no hayas iniciado el cobro de la prestación por jubilación.

Si ya iniciaste el cobro, y quieres seguir realizando aportaciones, entonces dichas aportaciones solo se destinarán a las contingencias de fallecimiento (para los beneficiarios) y dependencia.

¿Puedo contratar un plan de pensiones si estoy en el paro?

Si estás desempleado puedes realizar aportaciones, sí así lo deseas.

Sin embargo, tu cónyuge puede realizar aportaciones a tu favor y disfrutar de la reducción adicional en su base imponible con independencia de la reducción que podrá aplicar en sus propias aportaciones. El límite establecido para esta reducción es de 1000€ anuales.

Planes de Pensiones a favor de un participe en situación de discapacidad.

Existe un régimen especial para los planes de pensiones constituidos a favor de participes con discapacidad o minusvalía física o sensorial igual o superior al 65% , psíquica igual o superior al 33% , así como personas que tengan una incapacidad declarada judicialmente con independencia de su grado.

En estos casos, el límite financiero absoluto para las aportaciones realizadas por el participe con discapacidad, se amplía hasta 24.250€ anuales. Es necesario que el participe discapacitado se adhiera expresamente a este régimen, (por sí mismo o través de su representante).

Adicionalmente se prevé la posibilidad de que personas ligadas al participe, por una relación de parentesco o tutoría realicen aportaciones a dicho plan de pensiones. Estas aportaciones tendrán un límite financiero individual de 10.000€ anuales, que computará de forma independiente al establecido a las aportaciones a sus propios planes. A los partícipes con discapacidad no se les exige la obtención de rendimientos de trabajo o actividades económicas para poder aportar.

El limite conjunto anual a todas las aportaciones realizadas a este tipo de planes es de 24.250€ anuales. Este régimen especial prevé además especialidades en relación con las contingencias cubiertas, supuestos excepcionales de liquides y la forma de las prestaciones.

Traspaso plan de pensiones. Los mejores planes de pension

Es muy habitual que a final de año o en campaña de rentas las entidades lancen campañas de traspasos planes de pensiones. Nosotras las tenemos

Los planes de pensiones puede ser traspasados entre diferentes Entidades o dentro de la misma entidad entre diferentes tipo de planes o PPA, en cualquier momento.

Traspaso plan de pensiones no tienen ningún coste para el participe. Te recomendamos comparar planes de pensiones y tener en cuenta la rentabilidad, no los regalos.

Estas campañas suelen incentivar la contratación de los planes de pensiones, la realización de aportaciones esporádicas o de traspaso desde otras entidades mediante la entrega de regalos o servicios a los partícipes. En ocasiones el partícipe asume un compromiso de permanencia en el plan.

Como hemos indicado se aconseja una diversificación del capital destinado a la jubilación, traspasando sus derechos consolidados cuando se acerca la jubilación a un único Plan de Pensiones que nos permita realizar un único rescate o establecer un capital en forma de renta único en vez de pequeñas rentas de diferentes planes.

Infórmate de traspasos planes de pensiones

Rentabilidad plan de pensiones: regalos planes de pensiones

Los regalos ofrecidos por las entidades financieras como bonificación por traspaso de plan de pensiones, reciben el tratamiento fiscal de rendimientos del capital mobiliario en especie.

Por tanto si te regalan una vajilla, una televisión o un viaje tendrás que pagar en la renta de ese ejercicio por el valor de ese regalo.

Si lo que se obtiene no es un regalo sino una cuantía económica  que se abona en su  cuenta corriente o en el propio plan de pensiones, dicha cuantía se abona ya neta de la retención al ser considerado rendimiento del capital mobiliario.

Tratamientos fiscales en territorios forales.

Hay que saber que en Navarra y País Vasco las aportaciones realizadas por los partícipes tienen un tratamiento  y limites absolutos propios que no son los que estamos hablando en esta guía. En ese caso se deberá consultar el régimen fiscal propio.

Plan de Previsión Asegurado

Como alternativa al Plan de Pensiones, existe con la misma finalidad de ahorro para la jubilación, los Planes de Previsión Asegurados o PPA.

Nuestro mejor plan de pensiones garantizado son seguros de vida ahorro que cubren las mismas contingencias que los planes de pensiones y que gozan de las mismas ventajas fiscales que éstos. También están sujetos al mismo régimen de liquidez descritos en el punto anterior.

Estos productos, a diferencia de los planes de pensiones, garantizan un tipo de interés y aplican técnicas actuariales que les permite garantizar las prestaciones.

Gastos del Plan de pensiones. Los mejores planes pensiones

Comisión de gestión, es la comisión que cobra la entidad gestora por administrar y gestionar el fondo de pensiones. Esta comisión, por ley, no puede superar el 1,5% anual sobre el valor de la cuenta de posición.

Comisión de depositaria. Es la comisión que cobra la entidad depositaria. Esta comisión no puede superar el 0,25% anual sobre el valor de la cuenta de posición.

Calcular mi pensión de jubilación .

Para cobrar la pensión de jubilación se puede cobrar, de cuatro formas.

  • Capital, consiste en un pago único. Puede ser inmediato a la fecha de la contingencia o diferido a un momento posterior elegido.
  • Renta: consiste en la percepción de dos o más pagos sucesivos con periodicidad regular, incluyendo al menos un pago anual. Pueden ser temporales o vitalicias
  • Combinando las dos anteriores.
  • En disposiciones: Determinando la cuantía y las fechas

La elección es una decisión personal en función de nuestras necesidades, sin embargo hacemos las siguientes recomendaciones

  1. No rescatar el PP el mismo año que el de jubilación, ya que los PP tributan como Rendimientos de Trabajo, y se sumaría a la totalidad de la base imponible de ese año.
  2. no rescatar el plan de pensiones en forma de capital pues se dispararía el porcentaje de retención y por tanto se pagaría más de impuestos.
  3. Recordar que un PP es para complementar la jubilación por lo que lo más inteligente es rescatarlo en forma de renta mensual.

Recomendamos un estudio personalizado a fin de elegir la forma del rescate según las necesidades económicas y la calculadora fiscal.

Qué es la Jubilación.

Jubilación 

Cuando el partícipe acceda efectivamente a la jubilación en el régimen de la Seguridad Social ya sea en la edad ordinaria, anticipada o posteriormente

Cuando el partícipe no pueda acceder a la jubilación (Amas de casa) se entenderá producida cuando éste cumpla los 65 años de edad.

Jubilación Parcial

Se considera jubilación parcial la iniciada después del cumplimiento de los 60 años,   simultánea con un contrato de trabajo a tiempo parcial y vinculada o no con un contrato de relevo celebrado con un trabajador en situación de desempleo o que tenga concertado con la empresa un contrato de duración determinada.

Jubilación avanzada a partir 60 años

Siempre que no se esté trabajando y no se pueda acceder a la jubilación (SS) (pero se deberá poder acceder cuando se cumplan los 65 años de edad).

Plan de Pensiones Individual o Plan de Previsión Asegurado

Como hemos comentado, los planes de pensiones son instrumentos de ahorro, mientras que los PPA son seguros de vida-ahorro.

Por tanto, en el caso de un PPA, como se trata de un seguro, en caso de fallecimiento del titular, los beneficiarios reciben el saldo acumulado con las ventajas y tratamiento fiscal de un seguro de vida.

Alternativas al plan de pensiones

Existen diferentes alternativas al plan de pensiones, al contratar plan de pensiones debemos escoger el producto que más se ajuste a nuestras necesidades presentes y futuras.

Los planes de pensiones son idóneos para las personas que deseen ahorrar para la jubilación (futuro) resolviendo una necesidad de desgravación actual (presente)

Los seguros de ahorro garantizados (PIAS, SIALP o seguros de ahorro) o los seguros de ahorro variables (PIAS, UNIT LINKED) pueden ser las alternativas al plan de pensiones para aquellas personas que no tengan una necesidad de desgravación.

¿En que entidad financiera o compañía aseguradora invierto mi dinero?

Si ya tienes un Plan de Pensiones o un Plan de Previsión Asegurado contratado y deseas comparar rentabilidades, o sencillamente estás eligiendo la entidad depositaria puedes consultar páginas como INVERCO a fin de ver las rentabilidades.

Por supuesto debes valorar la calidad de sus productos, rentabilidades acumuladas e históricos, y su solvencia.

¿cuando iniciar mis aportaciones a un PP o PPA?

No hay una edad concreta para iniciar las aportaciones, pero si desde luego, una lógica aplastante “cuanto antes mejor, ya que de esta forma el esfuerzo mensual podrá ser menor.”

  • Menores de 30 años. Iniciar las aportaciones a esta edad, con un horizonte temporal de inversión amplio (hasta los 67 años), podemos realizar aportaciones “bajas” en función de la necesidad de desgravación y asumiendo mayor riesgo, renta variable
  • Entre 30 y 40 años. Probablemente el tramo más común de inicio de inversión por el retraso en el mercado laboral. En estos casos se recomienda un esfuerzo de inversión mensual superior al caso anterior, y diversificando las inversiones en renta fija, mixta y variable.

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Disponemos de comparadores de planes de pensiones y fondos de inversión para poderte asesorar en cuanto a la conveniencia o no de tu Plan de Pensiones o Plan de Previsión Asegurado.

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